Cada vez que una productora nos escribe, la primera pregunta suele ser sobre los planos y la segunda sobre los papeles. Con razón: en España volar un dron en un rodaje profesional está regulado, y un permiso mal tramitado puede tirar una jornada entera. Esta nota resume, en lenguaje de producción y no de abogado, lo que hay que tener en cuenta en 2026.

"El permiso no se pide para el dron, se pide para el sitio, la altura y las personas que hay debajo. Cambia uno de los tres y cambia el trámite."

1. El operador tiene que estar registrado en AESA

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) es la autoridad. Cualquier empresa que vuele drones con fines profesionales debe estar registrada como operador UAS y llevar el número de operador visible en la aeronave. Además, cada piloto necesita los certificados de piloto a distancia que correspondan a la operación: A1/A3 y A2 para la categoría abierta, y los escenarios estándar STS-ES-01 y STS-ES-02 para la categoría específica.

Lo primero que debería pedir una productora a cualquier unidad de drones es el número de registro de operador, los certificados de los pilotos y el seguro. Nosotros lo enviamos con el presupuesto.

2. Categoría abierta o específica: la diferencia que importa en un set

La normativa europea divide las operaciones en categorías según el riesgo. En un rodaje real, la distinción práctica es esta:

  • Categoría abierta: vuelos a la vista, lejos de personas ajenas a la operación y a baja altura. Sirve para paisaje, exteriores despejados y algunos planos de automoción con la carretera cortada. No requiere autorización previa, pero sí cumplir las condiciones de la subcategoría (A1, A2 o A3) y las restricciones de la zona.
  • Categoría específica: cuando hay personas ajenas cerca, entorno urbano, aeronaves de más peso o vuelos más allá de la vista. Aquí se vuela bajo un escenario estándar (STS-ES-01 en entorno poblado, STS-ES-02 fuera de él), un PDRA o una evaluación de riesgo SORA. Exige declaración o autorización previa ante AESA y un manual de operaciones.

Un Inspire 3 con cámara de cine y un cinelifter FPV suelen caer en la categoría específica en cuanto el rodaje se acerca a un núcleo de población o a gente que no forma parte del equipo. Por eso planificamos la categoría plano a plano en el recce, no el día del rodaje.

3. Espacio aéreo controlado: coordinación con ENAIRE

Alrededor de cada aeropuerto hay un espacio aéreo controlado (CTR) y en muchas ciudades hay zonas restringidas o prohibidas. Volar ahí exige coordinación previa con ENAIRE, el gestor de la navegación aérea, y en algunos casos la publicación de un NOTAM. Madrid, Barcelona, la costa de Alicante o el entorno del aeropuerto de Corvera en Murcia son ejemplos habituales.

El plazo realista para una coordinación en espacio controlado es de dos a cuatro semanas. Si el spot tiene fecha de emisión cerrada, este trámite es el primero que hay que arrancar.

4. Entorno urbano: AESA no es el único que manda

Rodar en una ciudad suma capas. Además de la categoría específica y de la posible coordinación con ENAIRE, el ayuntamiento tiene que autorizar el rodaje y la ocupación de la vía pública, y la policía local suele intervenir cuando hay cortes de tráfico. En monumentos y bienes protegidos, el titular del bien puede tener su propio régimen de autorización.

5. Espacios naturales protegidos

Los parques nacionales y muchos parques naturales exigen una autorización del órgano gestor además de lo aeronáutico. En Cabo de Gata, por ejemplo, es la Junta de Andalucía; en los parques del Pirineo, cada comunidad y cada parque tienen su procedimiento. Los plazos van de dos a cuatro semanas y, en época de nidificación, algunas zonas quedan cerradas al vuelo.

Plazos orientativos según la localización

Rural sin restriccionesDías · categoría abierta o declaración STS
Espacio aéreo controlado (CTR)2–4 semanas · coordinación ENAIRE
Casco urbano2–4 semanas · AESA + ayuntamiento + policía local
Parque nacional / natural2–4 semanas · gestor del parque + AESA
Monumento restringido4–6 semanas · titular + ayuntamiento + AESA + NOTAM

6. Seguro y documentación que debe pedir la producción

El seguro de responsabilidad civil aeronáutica es obligatorio y distinto de un seguro de empresa normal. Antes de firmar con una unidad de drones, la producción debería tener en la carpeta:

  • Número de registro de operador UAS en AESA
  • Certificados de piloto a distancia de quienes van a volar
  • Certificado del seguro de responsabilidad civil aeronáutica en vigor
  • Declaración o autorización de la operación cuando sea categoría específica
  • Coordinación con ENAIRE o NOTAM si el vuelo es en espacio controlado
  • Autorizaciones de la localización: ayuntamiento, propietario, parque o titular del bien

7. Qué necesitamos nosotros de la producción

Para arrancar los trámites sin perder días, con esto nos basta:

  • Localización exacta (coordenadas o archivo KML) y fechas con horarios
  • Tipo de planos y altura aproximada; si hay seguimiento de vehículos o personas
  • Si habrá público, actores o equipo bajo la zona de vuelo
  • Permisos que la producción ya tenga de la localización
  • Un contacto del jefe de producción o del production service

"Con la localización y las fechas cerradas, el permiso es un trámite. Sin ellas, es una apuesta."

Cómo lo cotizamos

Los permisos se presupuestan por tipo de localización (estudio o finca privada, estándar, espacio controlado o urbano, y evaluaciones SORA a medida) y se detallan aparte de la jornada de rodaje. Los detallamos en el presupuesto junto con las jornadas de Inspire 3 y FPV; la tarifa 2026 la enviamos bajo petición, no se publica. Si tienes una localización concreta en la cabeza, escríbenos con las fechas y te decimos qué trámite lleva y cuánto tarda.